"El coste económico no es una razón válida para limitar o restringir derechos"

Patricia Cuenca Gómez es profesora del Instituto de Derechos Humanos Gregorio Peces-Barba de la Universidad Carlos III de Madrid. Se licenció en Derecho y adquirió el Grado de Doctora en esa misma universidad en 2006. En la actualidad su interés se centra en el estudio de la validez jurídica, la interpretación de los derechos fundamentales y el impacto de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas en los derechos constitucionales.

Por
César Jiménez
Patricia Cuenca
Patricia Cuenca es profesora del Instituto de Derechos Humanos Gregorio Peces-Barba de la UC3M | Foto Patricia C.

¿Las personas con discapacidad tienen todos los derechos humanos garantizados?

Lamentablemente no. Y no es solo que las personas con discapacidad no tienen todos los derechos humanos garantizados en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía, sino que todavía hoy, y a pesar de todo lo que se ha avanzado en los últimos años, subsisten problemas con el reconocimiento y el ejercicio de los derechos en situaciones de discapacidad.

¿Qué debe cambiar para que se respeten?

A mi modo de ver, tienen que cambar las leyes para reforzar las garantías jurídicas, las políticas públicas para subsanar algunos déficits y, sobre todo, la mentalidad de los actores y operadores relevantes y de la sociedad en general.

Es importante que la sociedad se conciencie de que no pueden tolerarse limitaciones en el ejercicio y disfrute de los derechos basadas en la discapacidad.

¿Qué ventajas supone enfocar la discapacidad desde los derechos humanos, frente al enfoque tradicional asistencialista?

Desde la visión asistencialista, las personas con discapacidad se han percibido como objetos pasivos merecedores de tratamiento, protección, asistencia y cuidado, ya que considera que las limitaciones que las personas con discapacidad encuentran son una consecuencia natural e inevitable que se imputa a sus propias deficiencias individuales.

En cambio, el enfoque de derechos defiende que las personas con discapacidad son sujetos plenos y activos de derechos humanos. Adoptando esta perspectiva, se entiende que las limitaciones que enfrentan las personas con discapacidad para participar en la comunidad son el resultado de barreras sociales y actitudinales y no la consecuencia natural e inevitable de sus deficiencias personales. 

¿La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es suficiente para garantizar la plena inclusión y participación activa de las personas con discapacidad? 

La Convención constituye un hito fundamental en la garantía de los derechos de las personas con discapacidad dando visibilidad al colectivo y dejando claro que la protección de sus derechos es una obligación internacional y no algo que pueda dejarse a la buena voluntad de los Estados.

Sin embargo, la adopción de la Convención por sí misma no es suficiente. Solo puede marcar realmente una diferencia si se conoce, se utiliza y se aplica de manera adecuada.

¿Qué papel juega el movimiento asociativo de las personas con discapacidad para el reconocimiento de sus derechos?

Juega un papel fundamental. Si la Convención constituye un avance cualitativo en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad es por el protagonismo que tuvo el movimiento asociativo en la fijación de sus contenidos durante el proceso de negociación.

Además, la Convención da una importancia central a las organizaciones de personas con discapacidad en su aplicación y en su seguimiento.

"Las entidades del sector son una herramienta fundamental en la lucha por la igualdad de derechos" 

En general, las entidades del sector son una herramienta fundamental en la lucha por la igualdad de derechos desde la denuncia, el apoyo, el asesoramiento y la incidencia política.

¿En qué situación se encuentran las mujeres con discapacidad cuando hablamos de reconocimiento de derechos humanos?

Lamentablemente las mujeres con discapacidad se encuentran en una situación peor. Experimentan formas de discriminación reforzadas y distintas a las que experimentan las mujeres sin discapacidad o los hombres con discapacidad. Por tanto, es esencial la adopción de un enfoque interseccional que tenga en cuenta cómo se entrecruzan el sexismo y el capacitismo y que trate de identificar y de eliminar las barreras que impiden a las mujeres con discapacidad participar activamente en la sociedad y disfrutar plenamente de los derechos humanos.

¿Cómo se consigue que la población interiorice el enfoque de derechos humanos? El avance en las normas y políticas es necesario, pero es aún más importante el cambio en la mentalidad social. Una de las claves para propiciar ese cambio de mentalidad es la formación y la educación, en todos los niveles.

También, en especial en el contexto de la sociedad en la que vivimos, es básico que los medios de comunicación contribuyan a fomentar el enfoque de derechos en la discapacidad.

Y, por supuesto, la inclusión en todas las esferas y, de nuevo, en primer lugar, en la educación. Es difícil propiciar un cambio de mentalidad social si no se normaliza la convivencia cotidiana con las personas con discapacidad y se mantienen entornos segregadores.

¿Con qué mecanismos cuentan las personas con discapacidad para denunciar una vulneración de derechos humanos por motivo de discapacidad?

Las personas con discapacidad cuentan con las mismas herramientas con las que cuenta la población en general, pero, además, tienen disponibles algunos recursos específicos como la Oficina de Atención a la Discapacidad y, también pueden beneficiarse de algunas garantías reforzadas en determinados procesos de denuncia, por ejemplo, en casos de discriminación.

"Hay margen para mejorar en nuestro sistema de garantía de los derechos"

Ahora bien, a mi modo de ver, hay margen para mejorar en nuestro sistema de garantía de los derechos de las personas con discapacidad.

¿La Agenda 2030 supondrá un cambio fundamental para el reconocimiento de derechos de las personas con discapacidad?

Pues depende de cómo se use este marco. Por un lado, para que la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) contribuyan de manera efectiva al avance en la igualdad de derechos de las personas con discapacidad deben implementarse teniendo como hoja de ruta la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Por otro, las personas con discapacidad deben considerarse de forma transversal en todas las medidas que los Estados desarrollen para cumplir los ODS.

La insistencia de los ODS en la necesidad de contar con datos desagregados permitirá una mayor visibilización de las personas con discapacidad en la Agenda 2030 y un mejor diagnóstico de su situación en las diferentes áreas.

¿Con qué argumentos se puede rebatir la afirmación de que eliminar barreras es caro?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que en muchas ocasiones la necesidad de este esfuerzo económico es el resultado de no haber hecho bien las cosas desde el principio.

En segundo lugar, en muchos casos, el argumento del coste económico se emplea de forma poco rigurosa sin un estudio serio coste/beneficio y sin tener en cuenta que, en muchas situaciones, la eliminación de barreras beneficia al conjunto de la sociedad.

En todo caso, creo que el argumento más contundente es que si se trata de barreras que están impidiendo el disfrute de derechos humanos, hay que tener en cuenta que, en el discurso de los derechos, el coste económico, por sí mismo, no es una razón válida para limitar o restringir derechos. Punto.

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